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TSJPV confirma la pensión extraordinaria por acto de terrorismo a un policía local que apareció en las listas de ETA
04-05-2008 19:10:43

   La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del Paí­s Vasco (TSJPV) ha confirmado la pensión extraordinaria por acto de terrorismo a un policí­a municipal de San Sebastián que apareció en las listas de ETA, y ha condenado al Ministerio de Economí­a y Hacienda al pago de las costas procesales por recurrir la decisión que fue adoptada por un Juzgado de San Sebastián.    Con anterioridad, en octubre de 2007, el alto Tribunal vasco también reconoció este derecho de otro agente de la Policí­a Local de la capital guipuzcoana, que también apareció como objetivo. En ambos casos, el que habí­a recabado los datos era un compañero suyo de trabajo que informó a la banda armada.    En la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el TSJPV rechaza el recurso de suplicación interpuesto por la Administración del Estado contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de San Sebastián, que reconoció al segundo policí­a municipal la pensión extraordinaria por acto de terrorismo.    La resolución judicial recuerda que el agente tiene reconocida por el Instituto Nacional de Seguridad Social desde el 21 de noviembre de 2004 una incapacidad permanente total para ejercer su profesión habitual de guardia municipal, derivada de accidente de trabajo, a consecuencia de una secuela diagnosticada como trastorno de estrés postraumático, por haber aparecido como objetivo de ETA.    El 11 de noviembre de 2002 la Dirección General de la Guardia Civil le informó de que un presunto miembro de ETA, que también era policí­a municipal en San Sebastián y habí­a sido detenido el 13 de septiembre de ese año, reconoció haber facilitado informaciones de posibles objetivos de la banda armada, entre los que se encontraba él.    El supuesto miembro de la organización terrorista se habí­a citado, según declaró, el 10 de agosto con un activista de ETA que le hizo entrega de un listado de 10 ó 15 guardias locales para que informara sobre "qué tipo de gente era".    Por su parte, el 26 de marzo de 2003 mandos de la Ertzaintza le comunicaron que su nombre habí­a aparecido en documentación incautada  al 'Comando Donosti' en Astigarraga el 26 de marzo de 1996. Asimismo, su nombre apareció en documentos intervenidos al 'comando Buruntza' en agosto de 2001.    El 29 de julio de 2003, la directora de Atención de las Ví­ctimas del Terrorismo, Maixabel Lasa, le otorgó una ayuda de 320 euros para financiar el coste del tratamiento psicológico que habí­a recibido y el 10 de enero de 2005 le concedió otra de 360 euros.    Al policí­a municipal se le otorgó, asimismo, en noviembre de 2004 una pensión vitalicia del 55 por ciento de la base reguladora de su sueldo por incapacidad permanente total, al presentar sí­ndrome de estrés postraumático, "de pronóstico incierto", con tendencia a crónico.    Con posterioridad, éste solicitó a la Secretarí­a de Estado de la Seguridad Social el reconocimiento de una pensión extraordinaria como ví­ctima del terrorismo, petición fue desestimada el 11 de octubre de 2006. Tras reclamar al Instituto Nacional de la Seguridad Social, éste le respondió que las lesiones que padecí­a "no derivaban de acto terrorista".    Por su parte, el Juzgado de lo Social de San Sebastián reconoció al agente la pensión extraordinaria motivada por acto de terrorismo y la resolución fue recurrida por la Administración central, que alegó que la situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual de guardia municipal que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le reconoció "como derivada de accidente de trabajo, no puede reputarse que sea consecuencia de un acto de terrorismo", ya que no existe sentencia firme que así­ lo haya declarado.

 
 
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